| Las corporaciones involucradas en el conflicto son las compañías Carbones del Cerrejón Limited y Cerrejón Zona Norte S.A., ambas eran propiedad de igualdad de acciones por las subsidiarias de Anglo American PLC (Reino Unido), BHP Billiton PLC (Australia) y Glencore PLC (Suiza). Entre las acciones y actividades que causaron el conflicto se encuentran la contaminación ambiental que afecta a los trabajadores de la compañía y los habitantes de las zonas mineras y del puerto, causadas por el carbón, los productos químicos y los polvos de otros minerales que provienen de las diferentes actividades de la mina. . De manera similar, ha habido varios informes de irregularidades laborales, como la superación de las horas de exposición a la contaminación ambiental peligrosa o la contaminación sólida de la maquinaria más allá de los estándares aceptados. La comunidad, sin embargo, después de 13 años hoy en día, sigue en un estado de desplazamiento, No se ha reubicado, y sus derechos no se han restaurado integralmente. La Empresa ha Asumido El Control de una economía de Enclave Incidiendo en Sectores de Infraestructura, De Educación Y De Salud. Al Mismo Tiempo, Las Estructuras Militares Están Dirigidas Hacia La Protección De Los Intereses De Las Empresas Transnacionales E Impiden El Derecho A La Libre Circulación de las Comunidades. Sin Obstante, La Comunidad Sigue Hoy En Día, Luego de 13 Años, en Estado De Desplazamiento, no ha Sido Reubicada y Sus Derechos No Han Sido Reparados Integralmentse. ESTOS PARTIFFESTOS HAN SIDO Documentados Y Tratados Por diferencias Organizaciones Organizaciones E Investigaciones, En particular, Existen Preocupación Por Deficiencias en Salud Pública, En Seguridad Laboral, La Pérdida de Biodiversidad, La Afectación Al Ciclo Hidrológico y La Irrespontabilidad de la Empresa. Lo que la justicia podría hacinador: una exención de una selección en ginebra de junio, 2014, el tribunal permanente de los pueblos (tpp) escuchó el testonio de misembros del colectivo de abogados José AlveAr Restrepo Y Pregúntele a Suiza, En Coordinacion Con Las Comunidades Afectadas. DE ACUERDO A LO EXPUESTO ANTES LOS JUECES DEL TRIBUNAL, Éste Reconoció Las ACCIONES DE LA CORPORADA TRANSNACIONAL COMO OTRO EJEMPLO DE VIOLACIONES DE DERECHOS HUMANOS Y DE LOS PUEBLOS. De acuerdo A La Sentencia de Madrid, En Mayo de 2010, Y UNOS MESES ANTES DE LA SESIÓN QUE TUVO LUBAR EN MÉXICO EN DICIEMBRE 2014, El TPP Resaltó de Nuevo Cómo Las Corporaciones Trasnacionales, Incluidas Las Implicaciones En El Cerrejón, Violan Sistemáticamente Estos Derechos Para su propio beneficio. El Tribunal RECONOCIO EN ESTA EXTENDIDA PRACTICA LA EVENDE LIMITACIÓN DEL DERECHO INTERNACIONAL. LA IMPOSIBILIDAD DEL ACCESO A LA JUSTICIA Y A OBTERER REMEDIACIÓN ESTÁ CONVIDRIENDOSE EN UNA CARGA CADA VEZ MAYOR PARA LAS COMUNIDADES AFECTADAS, ASI COMO LA LEYES QUE DEBERÍNE PROTEGERLAS. Así Mismo, El TPP Reconoció la Necursidad de Mejorar La Legislación Internacional, Incluyendo Un Tratado Vinculante Para Las Corporaciones Transnacionales Transnacionales Y Un Tratado De Los Pueblos, Para Que Asi Estas Empresas Sean Consecuentes Con Sus ACCIONES. Y |